Las novedades de los PGE para agricultores y ganaderos castellano manchegos - Blog Globalcaja
 

DigitalizacionLas novedades de los PGE para agricultores y ganaderos castellano manchegos

Estas son las novedades incluidas en los Presupuestos Generales del Estado para agricultores y ganaderos de Castilla-La Mancha en 2022
31 enero, 2022150411 min

Castilla-La Mancha tiene 7.950.000 hectáreas dedicadas al cultivo de verduras, hortalizas y cereales como el arroz, los tomates o las patatas. De ellas, 413.000 proceden de cultivos ecológicos, lo que supone un 17,6% del total en toda España. Así, nuestra tierra es rica en cuanto a superficie de cultivo y de explotación ganadera se refiere.

El pasado 4 de enero, la Agencia Tributaría publicó la Ley de Presupuestos Generales del Estado para este año  2022, donde se incluían novedades tributarias que repercuten directamente sobre los ganaderos y agricultores de nuestra tierra. 

Si dispones de una explotación agraria o ganadera, hoy queremos contarte en qué consisten estas novedades y ayudarte preparar tu actividad, teniendo en cuenta la solicitud de ayudas para la Política Agraria Común (PAC) y los cambios que se avecinan para el mundo agroganadero en los próximos meses.

Los últimos presupuestos para el campo antes de la nueva PAC

Estamos en el último año de transición antes de que llegue la nueva PAC 2023, que incluye cambios como la inclusión de los ​​eco-esquemas, implicando pagos compensatorios para aquellos profesionales que decidan incluir prácticas medioambientales en sus explotaciones si éstas van más allá de la legislación básica en materia de sostenibilidad.

Conocer la nueva normativa de los PGE para el 2022 te ayudará a gestionar mejor tus explotaciones mientras anticipas la solicitud de estos fondos europeos. ¡Vamos a conocerla!

Las novedades del sector primario

En primer lugar, se prorrogan para el ejercicio 2022 los límites cuantitativos que se vienen empleando en ejercicios anteriores. En ellos se delimita el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para las actividades económicas excepto para aquellas como las agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo en cuanto al volumen de ingresos se refiere

Esto significa que las magnitudes excluyentes para el 2022, y que vienen recogidas en los PGE, son las siguientes:

Volumen de ingresos en el año inmediato anterior superior a 250.000 euros. En total, se computan todas las operaciones aunque no incluyan una factura. De hecho, las operaciones en las que exista obligación de expedir factura cuando el destinatario sea empresario no podrán superar la cifra de 125.000 euros.

Volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas, siempre que sea superior a 250.000 euros.

Volumen de compras en bienes y servicios en el año inmediato anterior, en el caso de que superen los 250.000 euros.

Las novedades del IVA

La principal noticia respecto al Impuesto del Valor Añadido (IVA) es que se prorrogan, de forma indefinida, los límites del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, hasta los 250.000 euros.

Además, quedan modificados los límites generales de la reducción por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social como planes de pensiones o mutualidades. En esta categoría entran también los planes de previsión asegurados como seguros de dependencia severa, que reducen de los 2.000 a los 1.500 euros anuales la cantidad máxima que da derecho a disfrutar de reducción en el IRPF.

En los planes de pensiones de empresa la situación es distinta, porque podrán aportarse hasta 10.000 euros, cifra que no podrá superarse en la suma de aportaciones conjuntas a planes individuales y de empresa para el 2022.

Por otro lado, 1.000 euros seguirá siendo el límite anual máximo de aportaciones con derecho a reducciones realizadas en los sistemas de previsión en favor del cónyuge, que no obtenga rendimientos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga con un importe inferior a los 8.000 euros anuales.

Las novedades del impuesto de sociedades

La novedad más importante del Impuesto de Sociedades es que, desde el 1 de enero de 2022, las empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros, o aquellas que se consoliden desde la perspectiva fiscal, tendrán que declarar una cuota líquida en este impuesto del 15% sobre la base imponible. En otros tributos, se ha definido un porcentaje del 10% en las empresas que se han constituido recientemente.

El régimen de arrendamiento de viviendas vivirá un cambio sustancial debido a que la bonificación de las entidades que se dedican a esta actividad para algunas rentas se verán reducidas del 85% al 40%. 

En relación a las tasas de Hacienda Estatal, se han elevado los tipos de la cuantía fija hasta la que resulta de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible durante el año 2021.

Es importante que tengas en cuenta estos cambios en los límites cuantitativos y en impuestos como el IVA o el de sociedades que te permitan planificar con antelación tu calendario laboral y fiscal para el año 2022. 

Si quieres conocer las fechas fiscales más importantes del año y los modelos que debes presentar para cumplir todas tus obligaciones tributarias, solo tienes que entrar en el Calendario del contribuyente 2022 que pone a tu disposición la Agencia Tributaria.

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