PSD2: Nueva Regulación de Servicios de Pago Europea - Blog Globalcaja
 

Identidad CorporativaPSD2: Nueva Regulación de Servicios de Pago Europea

12 febrero, 201818226 min

El año 2018 supone un cambio en el ámbito financiero español, ya que el pasado 13 de enero entró en vigor PSD2 (Payment Service Directive 2). España en el año 2009 incorporó la anterior directiva llamada PSD por medio de la Ley de Servicios de Pagos, y este hecho, actualmente ha cambiado ya que se acaba de incorporar la PSD2, de la cual os vamos a hablar a continuación, con el objetivo de informaros sobre toda la actualidad de las finanzas.

 

¿Qué es el PSD2?

Es la nueva Directiva encargada de los Servicios de Pago Europeos, la cual tiene como pilares fundamentales mejorar la competencia y la seguridad del consumidor. Estos objetivos se van a cumplir ya que a los consumidores se les va a dar la oportunidad de utilizar a terceros, dándoles acceso a las cuentas de pago, para realizar actividades de servicios y pagos.

 

Estas mejoras son viables, ya que se ha trabajado esta regulación con la anterior directiva PSD, cuyos objetivos iniciales fueron unificar un mercado de pagos en la Unión Europea, siempre, por encima de todo, protegiendo a los usuarios.

 

Otro nombre de referencia con el que has podido escuchar hablar de esta nueva directiva es como Directiva (UE) 2015/2366.

 

¿Cuáles son los principales cambios del PSD2?

Ante todo, el principal cambio es el permiso de acceso a terceros a las infraestructuras del banco para la realización de servicios de pagos. Por supuesto, este acceso se realizará siempre con la correspondiente autorización del cliente. Además, la nueva directiva se acerca a los nuevos métodos de pago, como son los digitales a través de los dispositivos móviles.

 

El papel de los Servicios de Iniciación de Pagos (PIS) es permitir que los pagos del cliente se hagan directamente sin intermediarios, es decir, desde la cuenta hasta el comercio correspondiente.

 

También existe la figura de los Servicios de Información de Cuentas (AIS), los cuales recopilan los datos bancarios de los clientes, pero como se ha comentado anteriormente, bajo una autorización obligatoria del cliente.

 

¿Cómo se va a proteger la seguridad del consumidor?

El consumidor se encuentra en el centro de esta modificación de regulación, pues el principal motivo de este cambio es incrementar la seguridad del mismo, por tanto, si el usuario quiere llevar a cabo una transacción, tendrá que utilizar dos de los tres métodos de seguridad / autenticación existentes, pudiendo ser, por ejemplo, una tarjeta de crédito, un número PIN y una huella dactilar, amén de establecerse procedimientos de resolución alternativa de litigios.

 

Si estás interesado en informarte sobre esta nueva regulación acude a tu oficina de Globalcaja más cercana, o coméntanoslo a través de nuestras redes sociales de Facebook y Twitter.

 

 

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