¿Cuáles son los cambios en la PAC 2019? - Blog Globalcaja
 

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El próximo día 1 de febrero se abre el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas. Te contamos los principales cambios en la PAC 2019
31 enero, 201913908 min

El pasado mes de noviembre, el Ministerio de Agricultura publicó el Real Decreto 1378/2018,  por el que se modifica la normativa básica de la PAC de aplicación en nuestro país. Aunque en términos generales las ayudas no han sufrido grandes modificaciones, veamos cuáles son los principales cambios en la PAC 2019.

 

La próxima campaña de la PAC 2019, que se extenderá entre el 1 de febrero y el 30 de abril -salvo que las comunidades autónomas soliciten una ampliación de dicho plazo en su territorio-, contempla, además de la incorporación de la figura del “Jefe de la Explotación”, novedades en aspectos relacionados con la prevención de posibles abandonos en las superficies de pastos,  los ajustes derivados de la declaración gráfica en superficies comunales o la flexibilización de determinados elementos de las ayudas asociadas.

 

A partir de 2019 será necesario incorporar en la Solicitud Única de la PAC los datos del Jefe de la Explotación que, según la definición del Ministerio de Agricultura, es la persona física que realiza la gestión corriente y cotidiana de la explotación, y es responsable de las rutinas diarias de producción y finanzas de la explotación agrícola.

 

Principales cambios en la PAC 2019

 

  • Ayuda asociada a los cultivos proteicos.En la campaña 2019 se elimina la obligatoriedad de disponer de una prueba de venta a terceros, o del autoconsumo, de la producción obtenida.

 

Sin embargo, se excluyen del pago acoplado a estos cultivos las parcelas cuya producción se utilice como abonado en verde o a obtener semillas con fines comerciales.

 

  • Ayudas asociadas a los ganaderos. Se introduce, por primera vez, la definición de joven o nuevo ganadero para poder determinar correctamente la fecha en la que se cuentan los animales elegibles. Con carácter general, la fecha que se toma como referencia es el 1 de enero, pero para los jóvenes o nuevos ganaderos que se incorporen después de dicha fecha, se tomarán como animales elegibles para la ayuda los que estén presentes en la explotación:

 

  • El 30 de abril de 2019 en el caso de las explotaciones con vacas nodrizas y las explotaciones de vacuno de leche
  • En el caso de las explotaciones de ovino y/o caprino, los animales con derecho a cobro serán los elegibles en la última declaración censal disponible al finalizar el periodo de modificación de la Solicitud Unificada.

 

  • Ayudas asociadas al ovino y caprino. Se excluyen de esta ayuda los ganaderos que activasen derechos especiales en 2014 y no dispongan de hectáreas admisibles para activar derechos. Como novedad, en 2019 se introduce una excepción para que puedan solicitarlas todos aquellos ganaderos que hayan activado derechos de pago básico en 2015 o campañas posteriores, y así aunque cobrasen derechos especiales en la PAC 2014

 

En este apartado, otro de los cambios que se introducen es en relación al recuento de animales con derecho a subvención.  En 2019,  además de que de la explotación tengan que salir como mínimo 0,6 corderos o cabritos por hembra elegible, también se tendrán en cuenta los animales nacidos en la explotación del solicitante comercializados para reposición con menos de 12 meses que salen de la explotación con identificación individual, y de los cuales haya constancia de no haber sido considerados como reproductores en la declaración censal de 1 de enero del año de la solicitud.

 

  • Actividad Agraria. No se admitirán las actividades de mantenimiento en el caso de los pastos permanentes de uso común. En consecuencia, a partir de 2019 no se permitirá el desbroce en los pastos arbustivos y arbolados de pasto en común.

 

  • Riesgo de Abandono. Hasta la pasada campaña, se consideraban en riesgo de abandono las superficies en barbecho declaradas como tales más de 5 años consecutivos. A partir de esta campaña, el concepto de riesgo de abandono se extiende, además de a la actividad de barbecho, a cualquier actividad de mantenimiento (siega, desbroce etc.), por lo que se amplía el concepto de actividades que supongan riesgo de abandono si se llevan a cabo más de 5 años consecutivos.

 

Si quieres acogerte a esta línea de ayudas y tienes alguna duda al respecto, no dudes en pasarte por tu oficina Globalcaja de confianza, donde estudiaremos tu caso y te asesoraremos de forma personalizada.

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El próximo día 1 de febrero se abre el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas. Te contamos los principales cambios en la PAC 2019
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